LÍNEA ÉTICA

 

Siguiendo sus principios, DINVENT S.A.S. ha adoptado los lineamientos de la normativa internacionalmente aceptada sobre la lucha contra la corrupción y el lavado de dinero, así como los de la Ley 27.401 de la República Argentina.

También adhiere a los diez principios del Pacto Global de la ONU que tienen como ejes los temas de Derechos Humanos, Normas laborales, Medioambiente y Anticorrupción.

En este sentido cuenta con un canal de comunicación exclusivo para realizar consultas y/o denuncias, en forma anónima y confidencial, por cualquier eventual violación al Código de Ética y Transparencia, canal al que se puede acceder por email linea.etica@dinvent.com.ar.

 

Following its principles DINVENT S.A.S. has adopted the guidelines of internationally accepted regulations on the fight against corruption and money laundering, as well as those of Law 27.401 of the Republic of Argentina.

It also respects the ten principles of the UN Global Compact whose axes are Human Rights, Labor Standards, Environment and Anti-Corruption.

In this sense, it has an exclusive communication channel to make inquiries and / or complaints, anonymously and confidentially, for any possible violation of our Code of Ethics and Transparency, channel which you can access by email linea.etica@dinvent.com.ar.

 
 

Código de ética y transparencia

 

1 -  Compromiso

La Dirección de DINVENT S.A.S. establece el presente documento (en adelante el Código) para definir las principales pautas de comportamiento y actuación que deben seguir todos los integrantes de la organización (en adelante los Colaboradores). A su vez con su emisión ratifica el compromiso con cumplir y hacer cumplir el mismo tanto en su letra cómo espíritu.

Este compromiso no se limita a sus directores, administradores y colaboradores en general, si no que se extiende también a los terceros con los cuales se relaciona (proveedores, contratistas, asesores, prestadores de servicios, socios de negocios, etc.).

El Código solo pretende establecer un marco de referencia, que de ninguna manera puede abarcar todas las situaciones que puedan generarse, pero sí define conceptos claros y un fuerte compromiso para enfrentar cualquier actividad a desarrollar con los más altos estándares de ética y transparencia.

 

En este sentido se establece un firme compromiso con los siguientes principios de tolerancia cero:

 

        a la corrupción en cualquiera de sus formas ya sea sobornos, pagos de facilitación, conflictos de interés, obsequios y atenciones desproporcionadas y fraude interno;

        a la discriminación sea cual fuera su motivo, nacionalidad, género, orientación sexual, raza, religión, edad, capacidades diferentes, etc.;

        a cualquier forma de violación de los derechos humanos y de acoso físico, psicológico, moral o de abuso de autoridad, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno intimidatorio, ofensivo o que atente contra la salud y seguridad física de las personas.

 

2 -  Pautas de comportamiento

Las siguientes pautas de comportamiento deben ser aplicadas por todos los integrantes de DINVENT S.A.S. independientemente de su posición en la organización.

 

Actuar conforme a la ley.

Realizar las actividades laborales con honestidad, diligencia, profesionalismo, imparcialidad e integridad siguiendo siempre cómo mínimo lo establecido por las leyes aplicables.

 

Evitar conductas que puedan generar sospechas.

Ya sea a nivel interno como externo ya que podrían dañar o poner en peligro a la organización, a sus activos o a su reputación.

 

Conflicto de interés.

Los Colaboradores se encuentran en una situación de conflicto de interés cuando sus decisiones pueden verse influenciados por la posibilidad de elegir entre el interés de la Empresa, el suyo propio o el de un tercero.

Los Colaboradores siempre deben actuar en defensa de los intereses de la Organización y eventualmente abstenerse de participar y declarar a su jefe directo situaciones que pudieran dar lugar a un conflicto de intereses en el desarrollo de sus funciones.

Las situaciones de conflicto de interés no siempre son claras o fáciles de solucionar, por lo tanto los Colaboradores ante la menor duda deben declarar la situación que perciban como tal de manera de resolverla en forma justa y transparente. Ver 3 Consultas y reportes por conductas violatorias al Código.

 

Obsequios y atenciones.

Los Colaboradores no deben aceptar de cualquier persona o entidad u ofrecer a terceros, obsequios, aportes, invitaciones u otros beneficios que puedan influir sobre las decisiones de negocios que toman en representación de la Empresa.

 

Información confidencial.

La información que manejan los Colaboradores en oportunidad de las tareas desarrolladas debe mantenerse en estricta confidencialidad, excepto cuando su revelación esté debidamente autorizada o sea exigida por un requerimiento legal.

Adicionalmente, los Colaboradores deben proteger la información confidencial recibida de terceros tales como clientes, socios de negocios, proveedores, etc.

 

Situaciones de corrupción y fraude.

Como ya mencionado tenemos un principio de tolerancia cero frente a la corrupción y el fraude, para lo cual se promueven conductas profesionales y éticas en la forma de operar y hacer negocios. 

 

Protección de la información y activos de la organización.

Todo Colaborador es responsable de prevenir el riesgo de que los recursos, servicios e información provistos por la Organización no sean utilizados con una finalidad diferente a la que se les haya asignado y especialmente en actividades que configuren un delito.

Esta obligación alcanza tanto a los activos tangibles como a los intangibles, incluidos las marcas y patentes, el know-how y los sistemas informáticos.

Los Colaboradores no deben tener expectativa de privacidad cuando utilicen los sistemas informáticos provistos por la Organización, ya que la Organización se reserva el derecho de acceder a ella siempre que lo considere oportuno y que sea legalmente permitido. 

 

Aspectos sociales y medioambientales.

La Organización adhiere a la idea de desarrollar una economía en que el éxito no se limita a los beneficios económicos y financieros, sino que incluye también el bienestar social y ambiental. Estos conceptos son conocidos como Triple Impacto y deben ser considerados por todos los Colaboradores en las decisiones que adoptan en sus tareas habituales.

 

Interacciones con el sector público.

La Organización, en concordancia con la Ley nacional Nª 27401, establece que en toda interacción con el sector público, sea para realizar cualquier tipo de gestiones ante organismos públicos, sea para obtener autorizaciones, permisos, certificaciones y otras, existe la estricta prohibición de ofrecer o entregar cualquier tipo de gratificación, pago, comisión, regalo, ventaja, beneficio o retribución a cualquier inspector o funcionario actuante. 

Está prohibida toda práctica de colusión o acuerdos con competidores o futuros competidores, respecto a presentarse en licitaciones o concursos, o posteriores adjudicaciones de contratos.

Estas prohibiciones rigen tanto para Colaboradores como terceros contratados, proveedores y socios de negocios.

 

3 - Consultas y reportes por conductas violatorias al Código

En el trabajo diario se presentan situaciones que pueden generar duda sobre cómo actuar. Ante esta circunstancia, es importante asesorarse en primera instancia con el superior transparentando la situación de manera de encontrar la mejor solución dentro del estricto cumplimiento del presente Código.

De igual forma todo Colaborador debe denunciar cualquier hecho de fraude y corrupción o cualquier otro hecho que sea violatorio de este Código en cuanto tenga conocimiento del mismo.

Tanto para el caso de consultas o de denuncias, se pone a disposición la "Línea Ética" (linea.etica@dinvent.com.ar) en la cual se podrán hacer consultas que no quieran realizarse con el superior directo o denunciar hechos violatorios del Código en el marco de la máxima confidencialidad de la información suministrada, así como la irrestricta protección del denunciante, obviamente entendiendo que la consulta o denuncia es de buena fe.

La violación de este Código de Ética y Transparencia dará lugar a la aplicación de sanciones disciplinarias que ameriten los hechos de que se trate, las cuales podrían significar hasta la extinción de la relación laboral o contractual, según el caso y dar lugar a la promoción de acciones legales que pudieran corresponder.

Nadie, independientemente de su nivel o posición en la Organización, puede justificar una conducta impropia que contravenga este Código amparándose en una orden de un superior jerárquico o en el desconocimiento del mismo.